Ricardo Diez
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| Enviado viernes, 23 de diciembre, 2005 - 06:49 am: | |
NOTICIAS 26 La Cámara del Crimen revocó la acusación de homicidido contra cinco ex funcionarios del Gobierno porteño A dos se les dictó la falta de mérito y no se les atribuyó ningún otro delito. Los otros tres fueron procesados por “incumplimiento de sus deberes”, un cargo de menor gravedad. La oposición cree que el fallo no cambia nada. La Cámara del Crimen revocó los procesamientos por homicidio culposo que pesaban contra cinco ex funcionarios del Gobierno porteño por el incendio en República Cromañón y les atribuyó un delito menor, al entender que no tuvieron relación con las 194 muertes ocurridas en el boliche. La decisión fue adoptada en favor de la ex subsecretaria de Control y Gestión comunal, Fabiana Fizsbin, de su segunda, Ana María Fernández y del ex director de Fiscalización y Control Gustavo Torres, ahora imputados por "incumplimiento de los deberes de funcionario público". Aún más beneficiados resultaron el ex titular de Coordinación Operativa, Rodrigo Cozzani, y el ex asesor de Fizsbin Alfredo Ucar, a quienes se le dictó una falta de mérito y no se les atribuyó ningún otro delito. Esa misma medida se adoptó respecto del ex coordinador operativo Víctor Telias, que estaba procesado por incumplimiento de los deberes de funcionario y de Juan Carlos Loupías, quien ya contaba con una falta de mérito. Con esta resolución, el único ex funcionario que queda procesado en la causa por "homicidio culposo" es el ex secretario de Justicia y Seguridad Juan Carlos López, el último al que el juez de instrucción Marcelo Lucini le imputó esa figura y cuya situación aún no fue revisada por la sala V de la Cámara. En la resolución a la que accedió Télam, los jueces Gustavo Bruzzone, María Laura Garrigós de Rébori y Rodolfo Pociello Argerich, resaltaron las imperfecciones existentes tanto en las normas como en el funcionamiento del área de control a cargo de Fizbin. Sin embargo, dijeron que "pese a que la omisión de los funcionarios haya sido un factor que concurrió causalmente a la producción de los resultados de muerte y lesiones ocurridos el 30 de diciembre de 2004, ello no alcanza para imputar ese resultado". Por eso, llegado el juicio oral, sólo afrontarán un delito que tiene penas que sólo van de un mes a dos años de prisión. Los jueces consideraron que, para analizar la conducta de los funcionarios, era necesario no perder de vista el marco de la "caótica" normativa de la ciudad en materia de seguridad en locales bailables. "Dicho contexto no es otro que el de un sistema que pone en evidencia la existencia de una regulación confusa, e incluso contradictoria, que impide acceder al conocimiento de la norma de aplicación a un supuesto determinado y obliga a efectuar una compleja reconstrucción a quien pretenda aproximarse al conocimiento del marco legal regulatorio de una actividad específica", señalaron. "Hizo falta que ocurriera lo que ocurrió el 30 de diciembre de 2004 en Cromañón para que tanto los legisladores porteños como otros funcionarios... advirtieran que una actividad de alto riesgo se encontraba regulada con normas que no pueden leerse sin sorpresa", dijeron los jueces. Agregaron que, en algunos casos, resultaban "tan contradictorias que parecieran redactadas a propósito para beneficiar los objetivos personales de los integrantes de una estructura burocrática que deja muchas dudas sobre su funcionamiento real en pos del interés público". En varios tramos del extenso fallo, de 148 carillas, la sala V destacó que "el funcionamiento de locales de baile sin habilitación se produce en toda la ciudad, por lo que no puede sospecharse de una irregularidad puntual vinculada a una zona de recorrido en particular". Sin embargo, señalaron que ese argumento no exculpa a los ex funcionarios, ya que "son responsables, por acción u omisión, de permitir que estos locales funcionen". Los jueces también se preguntaron si el hecho de no haber seleccionado a Cromañon para inspeccionarlo o clausurarlo a partir del "25 de noviembre de 2004, toda vez que el día anterior había vencido el certificado de bomberos habilitante", tuvo influencia en las muertes. Incluso, manifestaron que "si se hubiera cumplido con la obligación antes de esa fecha, es muy difícil sostener sin más que, incluso en el caso de haberse detectado infracciones tales como la clausura de una puerta de emergencias o la existencia de material inflamable en el techo, el lugar hubiera sido clausurado". La tragedia en República Cromañón ocurrió el 30 de diciembre, en momentos en que tocaba la banda Callejeros, y una o varias personas arrojaron candelas que incendiaron la media sombra que había en el techo. Por el hecho, el único detenido es el gerenciador de la discoteca, Omar Chabán, acusado de "estrago doloso" y "cohecho activo" (pagar coimas). Ayer, el abogado Pedro D' Attóli pidió su excarcelación, tras su encarcelamiento en noviembre por orden de Lucini, luego de que la sala V lo liberó en mayo. Además, está procesado por los mismos delitos (aunque como partícipe secundario) el ex hombre de confianza de Chabán, Raúl Villareal, y por "estrago doloso" los músicos y el manager de Callejeros, pero todos permanecen en libertad. En tanto, están procesados por estrago doloso y cohecho pasivo el jefe de la seccional 7 Gabriel Sevald y su segundo, Carlos Díaz, y por el segundo de los delitos el ex titular de esa comisaría, Miguel Angel Belay. También pesan procesamientos contra dos agentes, cuatro bomberos y tres empresarios relacionados con la habilitación de locales. (Télam).- |