Liliana Garófalo mamá de Flor
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| Enviado viernes, 29 de abril, 2005 - 06:42 pm: | |
A continuación las "impresiones" recogidas por el tío de una víctima de la reunión con el fiscal Sanzone. Reitero, se trata de una recopilación de lo hablado en la reunión, las palabras del fiscal NO son textuales: En la habitual reunión de los miércoles que se realiza para mantenernos al día con la información la causa penal, se hizo presente, por segunda vez, el Dr. Sansone, fiscal de la causa. Su presencia es de gran importancia y de mucha significación. De gran importancia porque los familiares pueden recibir, de primera mano, la información actualizada sobre el estado del juicio, no mediada por la opinión de ningún abogado. Y es muy significativa porque indica una predisposición a rendir cuenta a los familiares, cosa muy extraña en la justicia y muy alentadora. La reunión contó con la presencia de más de 150 familiares, lo que resultó muy alentador. Como no se realizó una presentación formal, sino que hubo respuestas a preguntas, la crónica tratará de reflejar la comprensión que logramos de los conceptos vertidos. No son mis opiniones personales. Se trata, por lo tanto de una interpretación absolutamente personal, no corroborada con el propio fiscal. Lo que sigue es una narración de esta interpretación con algunas aclaraciones mias entre paréntesis. Antes de pasar a la crónica de la reunión debemos señalar que el fiscal se presentará nuevamente ante los familiares a fin de mayo o los primeros días de junio. El proceso tiene dos causas, la causa principal y la causa por asociación ilícita. Ambas causas son complementarias pero pueden llevarse a juicio oral por separado. El objetivo principal de fiscal es investigar a fondo y llegar lo más rápido posible al juicio oral. El juicio es el evento realmente importante. La causa se encuentra en este momento en el proceso de indagatoria. En este proceso de indagación existen hasta el momento 20 imputados en la causa, de los cuales, unos 8 son funcionarios, mas 4 policías. Explicó reiteradamente el significado del proceso indagatorio: se trata de acumular pruebas para poder acusar a los imputados en forma sólida durante el juicio oral. La verdad procesal se encuentra en el juicio oral. No hay que hacer caso de lo que sale en los medios, que generalmente o no saben o tienen mala fe. En relación al proceso, no existe tal cosa como la carátula del caso. A un procesado se le puede cambiar la figura todo el tiempo en el proceso indagatorio, lo que importa es lo que puede probarse en el propio juicio. El proceso indagatorio es para conseguir pruebas, no para detener a los imputados. Los imputados permanecen detenidos solamente en el caso de que se demuestre que pueden intentar eludir su presencia en el juicio (huyendo del país, por ejemplo), o que puedan volver a cometer delitos sobre los que se les imputa. Salvando estas excepciones, no debería detenerse en el proceso indagatorio, ya que indagar no es probar e indagar no es condenar. Se condena en el juicio y en ese instante, dependiendo del crimen y todas sus circunstancias, se establece la pena y recién allí los culpables van en cana (eso es mio). Varias veces se insistió en que los familiares comprendamos esta característica del proceso judicial. Las voces que piden prisión ahora y que protestan porque hay un solo detenido, no tienen la información suficiente sobre el proceso judicial. La prisión o no es resultado del juicio. En el caso particular de Chabán, toda la argumentación que se presentó en la prensa es solamente mediática. La argumentación de que su situación procesal es similar a la de los demás procesados es puramente declamativa. Lo que importa es si se garantiza que el imputado se presente al juicio. Ante la requisitoria del abogado defensor, el fiscal redactó un dictamen de denegación (que fue finalmente adoptado por el juez). Por lo que, seguramente, la solicitud va a pasar a la Cámara. Los abogados van a presentar una solicitud de mantenimiento de la prisión preventiva, porque existen reales temores de que se fugue. El fiscal aseguró que se pueden observar numerosos pactos de silencio en torno al juicio y en particular en torno a los funcionarios. Sin embargo, en su opinión, todos los dictámenes de indagatoria que él presentó, se vieron confirmados y aún ampliados durante los interrogatorios y careos. En buen criollo, confirma que la solicitud de imputación hacia el juicio será similar a la que presentó en los pedidos de indagatoria. En relación a las responsabilidades de Ibarra, tema que apareció recurrentemente en la reunión, lo que quedó claro es que hay líneas de investigación que se siguen investigando, que la investigación no terminó. Sin embargo, la clave desde el punto de vista judicial, en todos los casos es la existencia de pruebas concretas y no en responsabilidades políticas. Es muy importante lo que todos puedan aportar en este sentido, pero no en el de los discursos, hacen falta pruebas concretas. Hasta el momento, Ibarra no está imputado en esta causa. (La causa en la cual está directamente acusado Ibarra es la de abandono de personas seguida de muerte, de la que se informa brevemente más adelante). Los allanamientos, cuando son solicitados, es porque se cuenta con información o con indicios de que puede hallarse algo concreto que se está buscando. Los allanamientos al voleo, para ver si se encuentra algo, son generalmente inútiles y pueden dar lugar a impugnaciones que se quieren evitar. En relación a las condenas que le cabrían a los imputados, dependen de muchas circunstancias, en particular del delito por el que se condena (por ejemplo, homicidio doloso, u homicidio culposo), donde la aparición de la figura de asociación ilícita agrava notablemente el posible peso de la pena, siempre y cuando eso pueda ser probado, por supuesto. (Sin embargo, al margen de las circunstancias y posibles agravantes, en general la gravedad de la pena no resulta satisfactoria para los familiares. Está claro que esto es un debate que, en su momento, vamos a tener que tener.). En relación con la policía, están indagados por cohecho y el material obtenido en el allanamiento realizado confirma plenamente lo que se sospechaba en el dictado de procesamiento: la participación activa de la policía de la comisaría 7ª en todo lo vinculado con el manejo discrecional de los accesos, permisos, etc. Se realizó un llamamiento a los sobrevivientes a declarar, que cada declaración puede tener información de utilidad. Por último, volvió a ponerse a disposición de los familiares para aclarar lo que quieran sobre la causa o sobre lo que fuera necesario. Alguna información adicional Primer tema, la licencia de la Juez Crotto fue prorrogada, en principio, hasta el 3 de junio. Por lo tanto no retoma la causa el 3 de mayo como se había informado anteriormente. Otro tema es que surgió con mucha mayor fuerza la posibilidad de responsabilidades directas de Bomberos en la habilitación original realizada sobre el local. De acuerdo a la reglamentación vigente, nunca podría haberse habilitado por bomberos el local, ni en el año 1997, cuando abrió sus puertas. Esto pone en cuestión el certificado de Bomberos. No alivia la responsabilidad de los funcionarios, porque ellos no cumplieron con lo que tenían que hacer, aún cuando el certificado original fuera "trucho". Por último, en relación a la causa por abandono de personas seguida de muerte, la misma se encuentra en este momento en la Cámara, que debe decidir a qué Juez se la asigna. Esto sucede porque el Juez Rodriguez se excusó alegando que está relacionada con otra causa que lleva adelante otro Juez (efectivamente, se trata de la causa que actualmente lleva el Juez Lucini). La única objeción que podría hacerse es que ambas causas son realmente de un gran volumen de trabajo y de gran exposición pública, con la consiguiente dificultad para asegurar una dedicación eficiente a ambas al mismo tiempo |