Ricardo Diez
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| Enviado sábado, 14 de mayo, 2005 - 09:36 am: | |
Conmoción por el fallo que ordenó liberar a Chabán Familiares de las víctimas chocaron con la policía; hoy marchan a Plaza de Mayo A pesar de estar acusado de cometer 193 asesinatos ocurridos a raíz del incendio en el boliche República Cromagnon, la Sala V de la Cámara del Crimen, en un fallo dividido, otorgó la excarcelación a Omar Chabán, al considerar que no se fugará. La resolución, que se conoció ayer al mediodía, provocó la reacción de familiares de las víctimas que marcharon frente al Palacio de Justicia. Hubo incidentes con la policía, pedradas, forcejeos, rotura de vidrios, un detenido y dos heridos. Para hoy a las 13 los familiares convocaron a un abrazo simbólico frente a los tribunales y luego marcharán a la Plaza de Mayo. Luego de llorar ante los jueces, de explicar por qué no planea fugarse y de contarles que pensó en suicidarse, Chabán, que explotaba el boliche de Once donde ocurrió la tragedia el 30 de diciembre último, fue trasladado al penal de Marcos Paz. Para recuperar su libertad deberá depositar una caución de 500.000 pesos. En el fallo, de diez páginas, los jueces María Laura Garrigós de Rébori y Gustavo Bruzzone, sostuvieron que no existe peligro de que el acusado entorpezca la investigación, ni de que se fugue antes de ser llevado a juicio oral. En tanto que el juez Rodolfo Pociello Argerich expresó que "quien sabe que volverá a prisión en algún momento del proceso, tal vez no en lo inmediato, lo evitará, no resultando lo suficiente para impedirlo condición o caución alguna". Minutos después de las 16, Chabán fue retirado del Palacio de Justicia en el móvil 351 del Servicio Penitenciario Federal, en medio de un importante operativo de seguridad montado para evitar que las más de cien personas que se juntaron en el acceso de Lavalle intentaran agredirlo. Chabán no podrá salir en libertad hasta que deposite la caución de 500.000 pesos fijada por el tribunal. El fiscal ante la Cámara del Crimen, Joaquín Gaset, adelantó a LA NACION que recurrirá el fallo ante la Cámara de Casación Penal. Ante la conmoción que provocó el fallo entre los familiares de las 193 víctimas y por los incidentes, el gobierno nacional cuestionó la resolución de la Cámara del Crimen. El jefe de Gabinete, Alberto Fernández, consideró que el criterio de la jueza de la Corte Suprema Carmen Argibay de que "quienes no tienen condena firme, no deben estar presos", predominó en el fallo que liberó a Chabán. Mientras que el ministro del Interior, Aníbal Fernández, sostuvo que el fallo "recomendaba la conveniencia de analizar un poco más el asunto porque no estamos hablando de alguien que inmediatamente después de producido el hecho se presentó espontáneamente, sino de alguien que ocurrido el hecho escapó". Durante una conferencia realizada en la Casa Rosada, el jefe de Gabinete anunció que el presidente de la Nación, Néstor Kirchner, le solicitó al procurador general de la Nación, Esteban Righi, que analice la posibilidad de iniciar acciones para que se genere "una nueva instancia revisora del fallo que permitió la excarcelación de Chabán". A su lado, el ministro del Interior, Aníbal Fernández, dijo que el Gobierno recibió con "profunda preocupación el fallo que ordenó liberar a Chabán. Además, los jueces dijeron en su resolución que Chabán se presentó espontáneamente, cuando, en realidad fue a buscarlo la policía". Garrigós de Rébori y Bruzzone, los dos camaristas que dispusieron la liberación de Chabán, fueron denunciados ayer ante el Consejo de la Magistratura. El planteo fue formulado por el diputado justicialista Jorge Casanovas, que consideró que ambos magistrados deben ser apartados de su cargo por "presunto mal desempeño" de sus funciones. Hace dos semanas, el juez de Instrucción Julio Lucini, que investiga la tragedia ocurrida en la disco República Cromagnon, había rechazado la solicitud de excarcelación de Chabán presentada por el abogado Pedro D´Attoli, defensor del empresario. El letrado sostuvo que su defendido no se fugaría y que tenía la "plena voluntad de ajustarse a derecho para poder llegar a un juicio oral". Pero, en su resolución, Lucini sostuvo que "el acusado ha demostrado desinterés absoluto en relación con los hechos del 30 de diciembre". La decisión de Lucini coincidió con el dictamen del fiscal de Instrucción Juan Manuel Sansone, que había rechazado la excarcelación de Chabán, al considerar que tiene un procesamiento firme, al monto de la pena que se le imputa, a que el imputado había sido reacio a presentarse espontáneamente el día del hecho y a que se lo tuvo que ir a buscar en varios allanamientos. Entonces, D´Attoli apeló el fallo de Lucini ante la Sala V de la Cámara del Crimen, que revocó el fallo de Lucini. En los fundamentos de la resolución, los jueces Garrigós de Rébori y Bruzzone, aclararon que la excarcelación de Chabán no significa su "absolución" y que su culpabilidad o inocencia se conocerá una vez que sea sometido a proceso oral". Los camaristas remarcaron que "la excarcelación nunca puede ser sinónimo de absolución porque esa decisión sólo puede emerger como la conclusión del juicio, luego del debate, siendo esta una etapa preparatorio de ello". "Esta aclaración no es ociosa, porque con un alto grado de irresponsabilidad en algunos casos (especialmente por el amarillismo periodístico) o por desconocimiento en otros, se suele equiparar excarcelación con absolución, invirtiendo el principio constitucional y republicano de presunción de inocencia, constituyendo un grave error procesal", destacaron. En la causa que, al comienzo instruyó la jueza María Angélica Crotto, varios testigos indicaron que, luego del incendio escucharon que Chabán dijo mientras abandonaba el boliche: "Vieron lo que pasó por qué no me hicieron caso. Bueno, ahora jódanse. . .". Otros testigos indicaron que Chabán abandonó Cromagnon sin colaborar con la gente que había quedado atrapada y no tomó las llaves del candado de la puerta de emergencia que estaban en la panchera, con lo que se hubiera facilitado la salida de las más de tres mil personas que esa noche estaban en el boliche. No obstante, los camaristas sostuvieron que no hay peligro de que Chabán pueda fugarse debido a que no se puede probar que hubiera estado prófugo ya que nunca se ordenó su captura; a que cuando la policía lo encontró en una propiedad de Salta al 600, tenía pasta dental y cepillo de dientes, portaba poco dinero y no llevaba documentos. "No es inconstitucional en sí misma la prisión preventiva, lo que es inconstitucional es una interpretación rígida del artículo 316 del Código Procesal Penal, al no admitir prueba en contrario", sostuvieron los integrantes del Tribunal que, en otros fallos, también excarceló a la falsa médica Giselle Rímolo, al vicepresidente de Chacarita, Armando Capriotti, y al barrabrava de Boca Rafael Di Zeo. Por Gustavo Carabajal De la Redacción de LA NACION |